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jueves, 2 de diciembre de 2010

Javier Krahe


Hoy han entrevistado a Javier Krahe aquí, y la primera pregunta que ha contestado ha sido esta:

Charro: Hola Javier, ¿como va el asunto del juicio por el vídeo de la receta de cristo al horno?, espero que se solucione pronto con una absolución (la que os dé el juez, no cristo).

Javier Krahe: Cualquier mes de estos fijarán la fecha del juicio. Entonces yo mismo sabré algo más. Soy inocente.

O sea, la mía.

La pregunta viene a cuento de esto y de esto.

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jueves, 20 de mayo de 2010

Me cago en dios (otra vez)


Hace casi un año hablábamos de como cocinar un cristo, ¿os acordáis?. Ahora os pongo un artículo del Código Penal.

Artículo 525 del Código Penal

1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.
2. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna.

Bien, pues ahora que tenemos las premisas suficientes, os cuento que una jueza de Colmenar Viejo, aplicando este artículo, ha abierto juicio oral a Javier Krahe y le han impuesto una fianza de 192.000 € por el asunto del vídeo. ¿Toda esa pasta (32 millones de pelas) por un vídeo satírico de la resurrección? A la jueza se le ha roto un chakra, fijo.

La denuncia la puso el Centro Jurídico Tomás Moro. Cristianizando el derecho. Cristianizando la Sociedad. (Cristianiza a tu perro, gilipollas). Hay que tener mucho tiempo libre y ganas de hacer perder el tiempo a un juzgado, pero claro, estos señores seguro que no tienen nada más importante que hacer.

En si mismo, el hecho de proceder judicialmente contra Javier Krahe, y Montserrat Fernández es un atentado contra la libertad religiosa. A ver por qué razón, yo, que soy ateo practicante, no puedo hacer proselitismo de mi no religión. Ejemplo: Si crees en dios (en cualquiera), eres un paranoico, tienes un trastorno delirante, deberías estar internado o al menos recibir tratamiento. Es claro que tienes mermadas tus capacidades mentales.
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PD 1: Va a resultar que en España la blasfemia es delito, como en Irlanda.
PD 2: Voy a grabar un vídeo igual, pero cocinando a FSM y a ver que pasa.
PD 3: Como no te vas a descojonar de alguien que se crea lo de la paloma. La Mari se cepilló a medio pueblo coño.
PD 4: Los nueve indicadores de un trastorno delirante parecen hechos a propósito para los creyentes.
PD 5: Ellos se pueden comer a su dios cuando quieren, ¿y yo no lo puedo cocinar antes?

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miércoles, 2 de diciembre de 2009

Manifiesto: En defensa de los derechos fundamentales en Internet


Visto aquí.

Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que…

1.- Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.

2.- La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial -un organismo dependiente del ministerio de Cultura-, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.

3.- La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.

4.- La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.

5.- Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.

6.- Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.

7.- Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.

8.- Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.

9.- Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.

10.- En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.

Este manifiesto, elaborado de forma conjunta por varios autores, es de todos y de ninguno. Si quieres sumarte a él, difúndelo por Internet.

martes, 21 de julio de 2009

Cómo cocinar un Cristo


En 2005 Canal+ emitió este vídeo en el programa Lo + Plus. En 2009, el gran Javier Krahe (autor del mismo) y Montserrat Fernández (directora del programa) se sientan en el banquillo de los acusados por un "delito contra los sentimientos religiosos".

Aquí lo podéis ver. Y que le den a los sentimientos religiosos.


El final es apoteósico.

PD.1: En los foros de Internet donde se comenta la noticia siempre aparece algún fanático integrista pidiendo respeto por sus creencias religiosas. Pues no. No me da la gana respetar tus creencias. Hay que respetar a las personas, pero no tengo por qué respetar sus creencias u opiniones.

PD.2: Podríamos aprovechar las fiestas del pueblo y cocinar cristos para 300 personas. Yo estoy dispuesto a hacerlo en caldereta.